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Requisitos del contrato para obtener la residencia por cuenta ajena

Un de los documentos más importantes al solicitar la residencia por cuenta ajena es el contrato u oferta laboral.

Con la nueva ley de extranjería se ha flexibilizado ciertos requisitos sin embargo, hay criterios muy concretos que se deben seguir para su aprobación.

En este artículo te explicamos qué requisitos debe cumplir el contrato para obtener la residencia por cuenta ajena. También verás qué aspectos deben considerar tanto el empleador como el trabajador.

Requisitos que debe cumplir el contrato para la residencia por cuenta ajena

El contrato u oferta laboral que se presenta en este tipo de solicitud debe reunir una serie de requisitos que Extranjería revisa de forma estricta. A continuación, explicamos cada uno de ellos de manera sencilla.

  • Debe estar firmado y garantizar una actividad continuada: El contrato tiene que estar firmado por ambas partes y debe asegurar una actividad laboral real, estable y continuada durante toda la vigencia de la autorización.
  • La fecha de inicio del contrato deberá estar condicionada a la concesión del permiso, de forma que la relación laboral solo empiece cuando la oficina de extranjería apruebe la solicitud de autorización.
  • Las condiciones laborales deben ajustarse al Estatuto de los Trabajadores y en el convenio colectivo aplicable: Esto implica que la jornada, los descansos, las vacaciones, la categoría profesional y las funciones ofrecidas deben ser coherentes con lo que la ley exige para ese tipo de puesto.
  • El contrato debe garantizar, como mínimo, el salario mínimo interprofesional (SMI):
    Independientemente del tipo de jornada, el contrato debe asegurar al trabajador una retribución igual o superior al salario mínimo interprofesional vigente en cómputo anual.
  • En contratos a tiempo parcial, igualmente el salario debe alcanzar el SMI anual: Esto significa que no puede calcularse el salario de forma proporcional a las horas trabajadas: la suma anual debe alcanzar, como mínimo, el SMI completo.
  • El empleador debe demostrar solvencia económica y estar al corriente de sus obligaciones en materia de seguridad social y tributarias: Para que la oferta sea válida, el empleador debe acreditar que cuenta con medios económicos, materiales o personales suficientes para asumir la contratación.
  • El trabajador debe contar con la capacitación o cualificación necesaria para el puesto: Las oficinas de extranjería revisan que el perfil del trabajador sea adecuado para las funciones que se ofrecen. Por eso, es importante que la persona cuente con la formación, experiencia o habilidades mínimos para desarrollar las funciones inherentes al puesto a desempeñar.
  • Debe existir coherencia entre el puesto ofrecido y la actividad de la empresa: Las funciones del puesto deben encajar con la actividad real que desarrolla la empresa, es por esto que las oficinas de extranjería revisan que el CNAE, el sector y los servicios que presta el empleador correspondan con el tipo de profesional que se quiere contratar.

Ingresos mínimos cuando el empleador es una persona física

  • Si el empleador vive solo: debe demostrar ingresos equivalentes al 50% del SMI.
  • Si son dos personas en la unidad familiar: se debe acreditar el 100% del SMI.
  • Si la unidad familiar tiene tres o más miembros: se suma un 25% del SMI por cada persona adicional.

El cálculo se hace siempre se deberá realizar sobre ingresos netos.

Documentación que suele presentarse junto con el contrato u oferta laboral:

Además del contrato firmado, la solicitud de residencia por cuenta ajena debe ir acompañada de varios documentos que permiten comprobar la solvencia del empleador.

Aunque la normativa puede variar ligeramente dependiendo del caso, lo habitual es aportar:

  • Identificación del empleador, ya sea NIF en el caso de empresas o DNI/NIE si se trata de una persona física.
  • Acreditación de la actividad, que puede realizarse a través de la escritura publica de constitución.
  • Vida laboral de empresa o documento que confirme la inscripción del empleador en la Seguridad Social.
  • Certificados de estar al corriente con la Agencia Tributaria y con la Tesorería General de la Seguridad Social.
  • Documentos que acrediten solvencia económica del empleador.
  • Documentos que acrediten la formación, experiencia o cualificación del trabajador, cuando sea necesaria para el puesto.
  • Documento que acredite la representación de quien firma el contrato, cuando no coincide con el administrador o titular de la empresa.

Consejos prácticos

SI ERES EMPLEADOR:

Es importante preparar un contrato claro, coherente y ajustado a la actividad real de la empresa. Muchas solicitudes se complican porque las funciones, jornada o el salario no coinciden con lo que exige el convenio o con la estructura del negocio.

También es recomendable mantener una comunicación transparente con el trabajador para que ambas partes tengan claro qué se espera del puesto desde el primer momento.

SI ERES TRABAJADOR:

Es de vital importancia que si te han realizado una oferta laboral tengas en cuenta los términos de vigencia de tu residencia o visado.

También, es recomendable presentar toda la documentación actualizada al momento en el que se presenta el expediente.

Una buena preparación marca la diferencia en este tipo de trámites. Si quieres reducir riesgos de denegación y presentar tu solicitud con toda la documentación correcta, podemos ayudarte.

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